SOCIEDADADES QUE PERTENEZCAN A SOFOM DEBEN REALIZAR RENOVACIÓN DE REGISTRO

Tijuana BC 25 de mayo de 2015 (GT).- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), les recuerda a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM), que como consecuencia de las reformas a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, tienen la obligación de renovar su registro ante esta Comisión Nacional para poder operar, en un plazo legal improrrogable que vencerá el próximo 4 de julio.

A 43 días de que venza el plazo, solamente 436 sociedades han presentado su solicitud de renovación (14.8%), lo que implica que 2 mil 517 podrían perder su registro, dejando de ser consideradas entidades financieras, y con ello perder diversos beneficios tanto fiscales como de acceso al crédito de la Banca de Desarrollo.

CONDUSEF foto SOFOM

El trámite de renovación es sencillo y gratuito, debiéndose cumplir con los requisitos siguientes:

1) Contar con el Dictamen Técnico en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo emitido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Para mayor: www.cnbv.gob.mx

2) Que su objeto social se apegue a lo establecido en el artículo 87 “B” de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y a la TRIGÉSIMA PRIMERA de las Disposiciones de Carácter General para el Registro de Prestadores de Servicios Financieros, publicadas el 7 de octubre de 2014.

En ese sentido, se debe revisar que el mismo contemple como actividad principal, la realización habitual y profesional del otorgamiento de créditos, arrendamiento financiero o factoraje financiero.

 Podrán actuar como fiduciaria únicamente en fideicomisos de garantía.

 Podrán actuar como fideicomitentes y/o fideicomisarios en cualquier tipo de fideicomisos, siempre que no contravengan lo establecido en el artículo 87-Ñ de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y demás legislación aplicable.

 Si van a obtener préstamos de personas físicas, para que esto no se interprete como una captación, deberán hacer mención de que pueden obtener créditos y préstamos de instituciones de crédito nacionales o extranjeras, personas morales dedicadas al otorgamiento de crédito, y crédito de sus proveedores para capital de trabajo.

 En el caso de SOFOM ENR que deseen contemplar la posibilidad de emitir títulos de deuda, cuando dichos valores deban estar inscritos en el Registro Nacional de Valores, tendrán que señalar expresamente dentro de sus estatutos sociales que una vez que los mencionados títulos queden inscritos en el citado Registro, la sociedad se reputará como una Entidad Regulada, debiendo llevar a cabo a la brevedad la modificación de sus estatutos a efecto de reflejar su calidad de sociedad financiera de objeto múltiple regulada.

3) Tener registrado en el SIPRES, su contrato de prestación de servicios celebrado, por lo menos, con una Sociedad de Información Crediticia.

4) Para aquellas que tienen palabras de uso reservado, haber presentado la copia certificada del oficio de autorización emitido por la Unidad de Banca, Valores y Ahorro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

5) Haber validado su información corporativa, en el sistema SIPRES, durante un semestre, es decir que hayan realizado la actualización o ratificación de sus datos, por dos trimestres consecutivos.

Las validaciones se realizan cada 3 meses, dentro de los 10 días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año.

CONDUSEF ha puesto a su disposición el siguiente portal: http://portal.condusef.gob.mx/sipres/isp/index.isp.

Para mayor información se puede consultar la página www.condusef.gob.mx, o bien comunicarse al teléfono 5448 7132.

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