INE ANUNCIA CANDIDATOS INDEPENDIENTES

Tijuana BC 18 de febrero de 2015 (GT).- Con la reforma constitucional del 9 de agosto del año 2012, se estableció el derecho de los ciudadanos de solicitar el registro de candidatos de manera independiente de los partidos políticos. En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicada en mayo de 2014, se establecen las disposiciones que regulan las candidaturas independientes.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral en la sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2014, emitió la convocatoria, el modelo único de estatutos y los criterios aplicables para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputados por el principio de mayoría relativa.

En el Proceso Electoral Federal 2014-2015, se elegirá a diputados, por lo que correspondió a las Juntas Distritales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral, recibir en el mes de diciembre de 2014, las manifestaciones de intención de los aspirantes a Candidatos Independientes.

En Baja California, las Juntas Distritales Ejecutivas del 02, 04, 05 y 08 Distritos, recibieron solicitudes de registro de aspirantes a Candidatos Independientes, habiéndose revisado y verificado el cumplimiento de requisitos previstos en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en los criterios del órgano superior de dirección del Instituto, entregaron las constancias de aspirantes a Candidatos Independientes a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa para el Proceso Electoral Federal 2014-2015 a los siguientes ciudadanos:

DISTRITO Aspirantes a Candidatos Independientes a Diputados Federales por el Principio de Mayoría Relativa, para el Proceso Electoral Federal 2014-2015
02 Mexicali Mario Antonio Hurtado de Mendoza Bátiz
04 Tijuana Rogelio Raúl Fernández Jr. Montaño
05 Tijuana Joel Anselmo Jiménez Vega
05 Tijuana Cuauhtémoc Zamudio González
05 Tijuana Felipe Daniel Ruanova Zarate
05 Tijuana Gutiérrez Bertram Héctor Guillermo
08 Tijuana Rafael Loaiza Magaña

A partir del día 30 de diciembre de 2014 y hasta el día 27 de febrero de 2015, los aspirantes podrán realizar actos tendentes a recabar el porcentaje de apoyo requerido por la Ley, por medios diversos a la radio y la televisión.

El aspirante deberá reunir cuando menos la firma de respaldo de una cantidad de ciudadanas y ciudadanos equivalente al 2% de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral por el que desea postularse, con corte al 31 de agosto de 2014.

Para acreditar la cédula de respaldo, ante el Instituto Nacional Electoral los aspirantes recaban firmas y solicitan copia simple de la credencial para votar con fotografía de los ciudadanos que apoyen su candidatura, en el ámbito territorial del Distrito por el que se postulan a Diputados.

El Instituto verificará el porcentaje de apoyo ciudadano, revisando que las cédulas contengan el nombre, clave de elector y copia de la credencial de cada uno de los ciudadanos que respalda al aspirante a Candidato. El Registro de candidatos tendrá lugar del 22 al 29 de marzo de 2015, ante los Consejos Distritales.

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