Fueron Constitucional

Tijuana BC 3 de marzo de 2017 (GT).- Agradezco a los lectores que me hacen el favor de leer mis artículos, ya que algunos de ellos me han pedido que escriba del fuero constitucional, del juicio de procedencia para el desafuero y del juicio político a los funcionarios públicos.

En esta ocasión me referiré al fuero constitucional ya que sin duda alguna un tema de actualidad y relevancia por las condiciones políticas, jurídicas y sociales que ésta viviendo nuestro país y por ende nuestro Estado Libre y Soberano de Baja California, hablar de fuero constitucional nos llevaría mucho tiempo, por tal motivo trataré de una manera breve señalar que es ésta figura jurídica y quien goza de ella tanto en al ámbito Federal, Estatal y Municipal.

El fuero o inmunidad constitucional se entiende como una prerrogativa o privilegio que tienen los Diputados, Senadores y otros funcionarios públicos de “alto nivel” que les otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por las opiniones que manifiesten durante el desempeño de su cargo y por ende no puedan ser reconvenidos por ellas es decir no pueden proceder penalmente por ellas. De igual forma el fuero se contempla en las Constituciones de las Entidades Federativas.

Para efectos del presente escrito mencionaré que la Constitución Federal nos indica que los Diputados y Senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas.
El Presidente de la Cámara velará por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar.

De igual forma señala que para efectos de responsabilidades se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, Gobernadores de los Estados, los Diputados a las Legislaturas locales, entre otros y asimismo indica que las Constituciones de los Estados de la República precisarán quiénes tienen el carácter de servidores públicos, es decir quienes desempeñen empleo, cargo o comisión en los Estados y Municipios.
Incluso la misma Constitución Federal indica de qué manera se puede proceder penalmente contra los Diputados y Senadores al Congreso de la Unión (conocido como “desafuero”- “juicio o declaración de procedencia”)

En relación a nuestra Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, de igual forma que en la Constitución Federal, nos indica que para proceder penalmente en contra del Gobernador, Diputados del Congreso del Estado, Secretario General de Gobierno Presidentes Municipales, Regidores y Síndicos de los Ayuntamientos, (entre otros), durante el tiempo de su encargo el Congreso deberá declarar por mayoría calificada de sus integrantes si se trata del Gobernador o Presidentes Municipales, o por mayoría absoluta de miembros presentes en sesión cuando se refiera a los demás servidores públicos que mencione la Constitución local, si ha lugar o no, a proceder contra el inculpado.

Es importante indicar que en caso de que se proceda en contra de un funcionario público de los antes citados, deberá iniciarse la declaración de procedencia para desaforarlos y con esto quedar sujeto a la ley penal.

Por último mencionare que el fuero protege únicamente al funcionario en relación al DESEMPEÑO DE SU FUNCION Y NO A LA PERSONA EN LO PARTICULAR, con esto se establece que el funcionario al separarse del cargo por cualquier motivo (pedir licencia) pierde el fuero y queda sujeto a la normatividad aplicable.

Por cuestiones de espacio sugiero al interesado en el presente tema que consulte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los artículos 61, 108, 111 y 112 y de la particular del Estado de Baja California los artículos 26, 91, 93, 94 y 95.

Espero con esta breve explicación haya podido dar a entender este tema tan importante y controversial en nuestro país.
Cualquier duda o comentario comuníquese con su servidor a la siguiente página www.lievanomanzano.com, a los correos lictirso@lievanomanzano.com y lictirso@gmail.com, o bien al teléfono 2002137, que con todo gusto lo atenderé. Muchas gracias.

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