Realiza CEDHBC Diagnóstico Estatal de Supervisión Penitenciaria

Tijuana BC 28 de julio de 2016 (GT).- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDHBC) emitió los resultados del Diagnóstico Estatal de Supervisión Penitenciaria (DESP) cuyo objetivo es informar sobre el estado que guardan los derechos humanos de las personas en calidad de imputadas, procesadas o sentenciadas en los Centros de Reinserción Social (Cereso) y de las sujetas a investigación, detención preventiva o bajo medida de tratamiento en internación en los Centros de Tratamiento para Adolescentes (CTA).

Los resultados del DESP también buscan servir como un instrumento de consulta, pero sobre todo que le permita a las autoridades del Sistema Estatal Penitenciario generar las acciones necesarias para avanzar en el proceso de reinserción garantizando el respeto a los derechos humanos de las y los internos.

El Diagnóstico, que comprende del periodo de junio de 2015 a mayo de 2016, se realizó  a través de entrevistas e inspecciones aplicadas por  Visitadoras y Visitadores de la CEDHBC en cada uno de los Ceresos y CTA de la Entidad, así como a las autoridades penitenciarias.

De esta manera, se llevaron a cabo 33 visitas a las instalaciones de los Ceresos y CTA, 33 inspecciones en las diferentes áreas de los mencionados Centros, 13 entrevistas a Servidores Públicos adscritos al Sistema Estatal Penitenciario, 4 mil 919 entrevistas a internas e internos, 2 solicitudes de información y 1 mil 069 tomas de impresiones fotográficas.

Los rubros considerados fueron: Aspectos que garantizan la integridad física y moral de las internas e internos; aspectos que garantizan una estancia digna; condiciones de gobernabilidad; reinserción social de las internas e internos; y grupos de internas e internos con requerimientos específicos.

Es importante mencionar que la valoración de los cinco rubros se realizó con base a las disposiciones establecidas en el Derecho Internacional, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y leyes secundarias; normas que contienen estándares y referencias sobre el internamiento, tratamiento y condiciones para que las personas privadas de la libertad reciban una estancia digna y segura a fin de que obtengan su reinserción social.

Para realizar el Diagnóstico se trabajó en los cinco Centros de Reinserción Social de los cuales dos son de población varonil y tres de población mixta; también se incluyeron los tres Centros de Tratamiento para Adolescentes de población femenil y varonil que existen en el Estado.

Al momento de la aplicación de las guías de supervisión el número de internas e internos era de 16 mil 286 (16 mil 096 en Ceresos y 190 en CTA).

La conclusión del Diagnóstico respecto a los Ceresos arrojó una calificación general de 8.26 puntos (Mexicali: 7.61, El Hongo: 8.62, El Hongo II: 9.64, Tijuana: 7.12, Ensenada: 8.30) en la escala de uno al diez. De este análisis se desprende que el sistema penitenciario ha registrado un avance, sin embargo, todavía quedan pendientes.

En los Ceresos “Ensenada”, “Mexicali” y principalmente “Tijuana”, se observa que la vulneración de los derechos humanos es mayor debido a que la sobrepoblación penitenciaria excede por mucho la capacidad para albergar a las y los internos.

En el caso de Tijuana la sobrepoblación rebasa el 100% de su capacidad contraviniendo los principios de interdependencia e indivisibilidad que deben observarse en el respeto de los derechos fundamentales, al omitir con ello un trato digno y por consiguiente la vulneración de otros derechos como lo es la seguridad jurídica y la protección de la salud entre otros.

En algunos de los Ceresos no existe clasificación entre procesados y sentenciados en dormitorios y áreas comunes; existen deficientes condiciones materiales e higiene de las instalaciones para alojar a las y los internos, tal es el caso de las áreas de Centros de Observación y Clasificación, dormitorios, sancionados, sujetos a protección, cocina y comedores; hay deficiencia en el registro, ubicación, accesibilidad de las instalaciones, atención médica, equipo de apoyo y existencia de talleres especializados para atención de las personas adultas mayores, entre otras irregularidades.

También se observó que el lugar donde cumplen las sanciones disciplinarias que se les imponen a los internos por las faltas cometidas son espacios en condiciones indignas e insalubres, cuestiones que pueden causar afectaciones psicológicas a las y los internos.

Respecto a los CTA, la calificación general fue de 8.24 (Mexicali: 7.57, Tijuana: 8.16, Ensenada: 9.00) en la escala de 1 a 10.

Algunas de las irregularidades que se encontraron en los CTA fueron: La mayoría de los Centros carecen de instrumental médico, de unidad odontológica, de personal suficiente para atender a las y los internos y de atención psicológica; inexistencia o insuficiencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del Centro; deficiencia en las acciones para la vinculación de las y los internos con la sociedad (visita familiar, comunicación telefónica y biblioteca), entre otras.

Por otro lado, cabe mencionar que la CEDHBC ha registrado, durante el periodo mencionado, 1,314 asuntos relativos a Ceresos y CTA, de los cuales, 913 corresponden a Gestiones, 29 a Orientaciones y 372 a Quejas por presuntas violaciones a derechos humanos. Los derechos humanos presuntamente vulnerados con mayor frecuencia son: derecho a la protección de la salud, a la seguridad jurídica y al trato digno. Mientras que los principales hechos violatorios son: omitir proporcionar atención médica, omitir brindar atención médica y/o psicológica de urgencia y acciones u omisiones contrarias a los derechos de las personas privadas de su libertad.

Asimismo, la CEDHBC ha emitido 3 Recomendaciones dirigidas a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, por violaciones a los derechos humanos a la libertad, a la seguridad jurídica y a la legalidad. La 22/2015 por la indebida privación de la libertad de un interno por cerca de tres años; la 6/2016 por el caso de un interno quien también fue indebidamente privado de su libertad por el periodo de un año, ocho meses y dieciséis días y la 23/2015 por el caso de cuatro internos del Centro de Tratamiento para Adolescentes de Tijuana que fueron presentados ante la Comisión Disciplinaria del CTA Tijuana bajo una normatividad que no les es aplicable y sancionados sin que existiera un reglamento que justificara la sanción.

A partir de estos resultados, la CEDHBC insta a las autoridades encargadas del Sistema Penitenciario en Baja California a que realicen las acciones necesarias para asegurar que los grupos en situación de vulnerabilidad que se encuentran recluidos tengan acceso en igualdad de condiciones a las instalaciones y servicios en los Cereso y CTA, que reciban un trato respetuoso y digno y se atiendan sus necesidades de salud, educación, así como su participación en las actividades de reinserción social.

Es importante señalar la necesidad de que autoridades correspondientes diseñen políticas públicas encaminadas a mejorar el sistema y la infraestructura penitenciaria con una perspectiva de derechos humanos; que la organización y los establecimientos de reclusión consideren las condiciones de las internas y los internos en situación de vulnerabilidad como son: personas adultas mayores, mujeres, personas con discapacidad, personas de la comunidad LGBTI, personas de las comunidades indígenas, personas que viven con VIH/SIDA, teniendo en consideración los estándares de protección contenidos en las instrumentos internacionales, la legislación nacional y local.

Es vital que el Estado aplique una política de trato igualitario, es decir sin distinción por razones económicas, físicas, discapacidad, identidad cultural, origen étnico, situación migratoria, preferencia sexual o creencias religiosas con el fin de construir un régimen penitenciario sano y con perspectiva de inclusión.

Es prioritario que las autoridades correspondientes pongan especial atención a la administración de los Centros y que intervengan a efecto de cumplir con el mandato constitucional, solventar las deficiencias y crear estrategias para un buen gobierno al interior, donde se mantenga el orden y la disciplina en un marco de cumplimiento estricto de la legalidad y de respeto a los derechos humanos que abone al proceso de reinserción social.

Esta Comisión considera pertinente que las autoridades penitenciarias brinden al personal encargado de la custodia capacitaciones en materia de derechos humanos que les permita conocer a detalle las características y necesidades de los grupos en condiciones de mayor vulnerabilidad, los sensibilice sobre el tratamiento que requieren y prevenga prácticas discriminatorias.

Con relación a las tareas de supervisión e inspección, la CEDHBC les exhorta a que se realicen con mayor periodicidad a fin de generar un espacio para que las internas e internos ejerzan su derecho de petición y así prevenir violaciones a los derechos humanos de la población privada de su libertad.

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