Tijuana BC 1 de junio de 2016 (GT).- Actualmente se han ido generando y acrecentando conductas de jueces locales que pudieran ser consideradas ilícitas por extralimitarse en sus facultades o incluso desobedecer sentencias, amparos o mandatos judiciales emitidos por otros jueces jerárquicamente superiores.
Tal es el caso que nos ocupa actualmente en el Estado de Baja California, donde el Juez Segundo de lo Civil de Tijuana de nombre Carlos Alberto Ferré Espinoza, mismo funcionario que ya cuenta en su haber con un historial de desacatos con el beneplácito del Consejo de la Judicatura (curiosamente Carlos Alberto Ferré Espinoza fue Consejero en el período anterior), cuestión que explica muy probablemente el que haya salido airoso de varios casos que se han presentado en su contra, por citar algunos:
• Expediente procesal 1245/2013. Tramitado ante el presidente de la junta especial número uno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Tijuana.Desacato a mandamientos laborales.
• Expropiaciones de terrenos de particulares en Tijuana, en los cuales los afectados lograron sentencias favorables en sus respectivos juicios de amparo, que obligan al gobierno estatal a cubrirles la correspondiente indemnización. Desacato en ambos casos: “Corredor 2 mil” y “El Monumento en Playas”
• Juicio de amparo 286/2004 del Juzgado Octavo de Distrito en Baja California (Corredor 2 mil).
• Invadió la competencia federal con el caso del Expediente 713/2015 porque dictó medidas que solo le están conferidas a Pemex, aprovechándose de una argucia jurídica nacida de las reformas al código de comercio y del federal de procedimientos civiles
• Por las medidas cautelares en el Expediente 713/2015, fue denunciado penalmente y se presentó queja administrativa ante el Consejo de la Judicatura de Baja California.
• En autos del expediente 713/16 se aprecia como el juez Ferré Espinoza ordena textualmente “omítase lo ordenado por el Presidente de la Junta Local del Conciliación y arbitraje de Tijuana” y continúese fincando las medidas cautelares que se ordenan.
Es importante hacer destacar que mientras existan este tipo de conductas por parte de algunos funcionarios del Poder Judicial Estatal, la impartición de justicia se verá afectada y los esfuerzos políticos y legislativos para transparentar las actuaciones de los funcionarios públicos, como es el caso de la Ley de responsabilidades administrativas de los servidores públicos del Estado de Baja California, serán en vano.
Necesitamos denunciar y cortar de raíz estas actuaciones que perjudican y deterioran el ejercicio del poder público en todos los niveles, pues aunque pareciera que las actuaciones indebidas de un juez sólo afectan el espectro particular de los individuos sobre los cuales recaen daños patrimoniales directos, los efectos negativos llegan a permear en un mediano y largo plazo a toda la sociedad, creando desconfianza en una sociedad que exige transparencia y rendición de cuentas.