PENSIÓN, DERECHO OTORGADO A TODO TRABAJADOR ASEGURADO: BELTRONES BURGOS

Mexicali BC 3 de junio de 2015 (GT).- Después de toda una vida de trabajo, los empleados que cotizaron ante el IMSS, con 60 años o más, tienen derecho a solicitar una pensión económica mensual de forma continua, hasta el último día de su vida, externó el licenciado Francisco Iván Beltrones Burgos, delegado regional en Baja California y San Luis Río Colorado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Explicó que sin duda, existen requisitos indispensables para recibir este beneficio; el más importante es contar con el número de cotizaciones semanales requeridas, tener 60 años y no ser trabajador asegurado por otra empresa.

Detalló que en los casos de los trabajadores inscritos antes del 01 de julio de 1997, sólo requieren 500 semanas cotizadas y pueden pensionarse bajo el régimen la Ley del Seguro Social de 1973. Mientra que si el asegurado cotizó antes y después de esta fecha, puede elegir pensionarse bajo el régimen de la ley anterior o bajo el Régimen de la Ley del Seguro Social de 1997; si elige ésta última será necesario que cumpla con 1 mil 250 cotizaciones semanales (26 años aprox.).

Si desea que sea el IMSS pague su pensión (correspondiente al amparo del Régimen de 1997), podrá retirar de su AFORE una parte de los recursos de su cuenta individual (SAR 92, vivienda 92 y Retiro 97) en una sola exhibición, explicó el funcionario federal.

En caso de optar por la pensión correspondiente al amparo del Régimen 1997 y no cuenta con ingresos suficientes en el AFORE, podrá elegir la Pensión Mínima Garantizada.

Por otro lado, destacó Beltrones Burgos, si cuenta con recursos suficientes en el AFORE, podrá contratar a una aseguradora o a la misma AFORE para que pague su pensión. Si elige la Pensión pagada por la Aseguradora, la cantidad que tiene en su AFORE será utilizada para financiar su pensión; si elige al AFORE, la pensión que reciba dependerá del monto de su cuenta individual y de los rendimientos que se tengan de su AFORE; sólo será pagada por un tiempo determinado, es decir; hasta que se agote el saldo de su cuenta individual.

En las tres opciones correspondientes al Régimen de 1997, podrán retirar de su cuenta individual una parte de los recursos correspondientes al SAR 92 y vivienda 92, en una sola exhibición, dijo Beltrones Burgos.

Asimismo, destacó que en cualquiera de los casos, el asegurado recibirá de manera mensual su compensación por el resto de su vida y en caso de fallecimiento, se cubrirá la pensión correspondiente a sus beneficiarios.

Por último, señaló qye para mayor información y personalizadam, los interesados pueden llamar al teléfono 01 800 623 23 23 o bien, visitar la página www.imss.gob.mx/pensionesysubsidios.

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