Ilegalidad de las detenciones en los recintos de las aduanas

Tijuana BC 2 de abril de 2016 (GT).- Ante las constantes detenciones de los conductores de vehículos en los recintos oficiales de las Aduanas al revisar las autoridades fiscales las mercancías que transportan, un Tribunal Federal determinó que esta acción es ilegal, con el fin de proteger los derechos de los transportistas y de las empresas del sector del comercio exterior.

Así lo reveló el director de TLC Asociados, Octavio de la Torre de Stéffano, quien explicó que este criterio es derivado de varios amparos uno de ellos interpuesto por la firma que dirige, lo cual sienta un precedente jurídico a favor de las empresas transportistas que están inmersas en las operaciones de exportación.

Detalló que recientemente se publicó en la Gaceta del Poder Judicial de la Federación que en la verificación de mercancías en transporte en materia aduanera, es ilegal que la autoridad traslade al conductor del vehículo al recinto fiscal y que lo retenga en éste sin su consentimiento.

“En caso de que de que haga la retención debe efectuarse cumpliendo con las formalidades previstas en el artículo 16 de la Constitución, sin embargo tratándose de la verificación de mercancías en materia aduanera, resulta ilegal que la autoridad traslade sin su consentimiento al conductor del vehículo al recinto fiscal y lo retenga”, recalcó Octavio de la Torre.

El abogado fiscalista indicó que es necesario que el verificador, una vez que no se justificó la legal estancia del vehículo o la mercancía, informe al conductor o transportista su situación jurídica, para que, si es su deseo y de acuerdo a sus intereses, por su propia voluntad ocurra ante la aduana.

En ese sentido, comentó que el conductor podrá dirigirse hacia la aduana ya sea por su propio conducto, o bien, se traslade con el mismo verificador, pero ello no en calidad de sujeto detenido o retenido, sino únicamente como parte en la verificación y en el eventual procedimiento administrativo en materia aduanera.

Explicó que cobra especial relevancia en este tipo de casos, el hecho de que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, tras haberse presentado un amparo directo, haya ponderado los derechos fundamentales de los transportistas y que se haga cumplir la Constitución así como los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos de los que México es parte; lo cual por reiteración ya es Tesis Jurisprudencial con carácter obligatorio.

“Este tipo de retenciones que se llevan a cabo en los recintos de las Aduanas de nuestro país afectan la defensa u orientación legal efectiva, ya que es la oportunidad que tienen los actores del comercio exterior para desvirtuar las irregularidades detectadas por el personal aduanero, por lo que dicho criterio no sólo beneficia a los conductores o transportistas sino en general a todos los que manipulen mercancías de comercio exterior en territorio nacional”, sentenció Octavio de la Torre de Stéffano.

Para concluir, puso a disposición el teléfono 664 6340189, así como la página de internet www.tlcasociados.com.mx, para las empresas transportistas en el sector de comercio exterior que quieran conocer más sobre este tema y puedan defenderse ante estas acciones en las aduanas.

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