Por : Gilberto LAVENANT
Tijuana BC 10 de diciembre de 2015 (GT).- Esta semana empezó a circular el cronograma o calendario electoral de los comicios locales del 2016, elaborado por el Instituto Estatal Electoral de Baja California.
De acuerdo al Artículo 5 de la Constitución de Baja California, así como con fundamento en lo previsto en los artículos 43 y 104 de la Ley Electoral, el proceso electoral 2015-2016, inició a partir del pasado 13 de septiembre.
Este es un documento que deberán tener todos los políticos, que aspiran a contender para ocupar puestos de elección popular, a través de partidos políticos o en forma independiente.
De las fechas importantes, anote que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8. Fracción I de la Ley que Regula las Candidaturas Independientes en la entidad, la convocatoria correspondiente deberá hacerse a más tardar el día 3 de enero del 2016.
Así mismo, los períodos para presentar las solicitudes de aspirantes a candidatos independientes, serán del 4 al 16 de enero del 2016, para munícipes, y del 4 al 30 de enero del 2016, para diputados.
Los períodos para el apoyo ciudadano de los aspirantes a candidatos independientes, o sea para recopilar firmas, serán del 17 de enero al 1 de marzo, para munícipes, y del 31 de enero al 1 de marzo, para diputados.
En cuanto a los partidos políticos, el plazo para solicitar el registro de coaliciones, vence el 31 de enero, las que deberán ser resueltas del 1 al 10 de febrero.
El registro de la plataforma electoral, que dará sustento a las diversas candidaturas, será del 1 al 15 de febrero.
El período para acordar con las autoridades que correspondan, los lugares de uso común para la colocación y fijación de propaganda electoral, en bastidores y mamparas, será del 1 al 29 de febrero.
Por cuanto hace a la convocatoria formal para la celebración de las elecciones ordinarias, se hará a más tardar el 5 de febrero.
La recepción, ante el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, de los lineamientos o acuerdos de precampaña, por cada partido político, será el 10 de febrero. Estos serán revisados en el período comprendido del 11 al 16 de febrero. En caso de observaciones, se harán del 16 al 17 de febrero.
Los topes máximos de gastos de campaña, serán fijados a más tardar el 20 de febrero.
El plazo para que los aspirantes a candidatos independientes, presenten las cédulas de apoyo ciudadano, será del 2 al 4 de marzo, las que serán revisadas del 5 al 10 de marzo.
La presentación de los informes de gastos, de los aspirantes a candidatos independientes, deberán hacerse del 2 al 11 de marzo.
El período de precampañas electorales, en los casos en que los partidos políticos tengan varios precandidatos a un mismo puesto, será del 2 al 27 de marzo.
Aunque el Gobernador Francisco de la Madrid, fijo el 30 de noviembre, para que renunciaran o pidieran licencia, quienes laborando en el gobierno estatal, aspiren a lograr una candidatura, la legislación electoral fija de plazo para ello el 7 de marzo.
El registro de candidatos se efectuará del 28 de marzo al 8 de abril. En caso de sustitución de candidatos, podrá hacerse del 28 de marzo al 5 de mayo.
Las campañas electorales deberán llevarse a cabo del 12 de abril al 5 de junio.
La propaganda gubernamental en los medios de comunicación social, deberá suspenderse del 12 de abril al 5 de junio.
El plazo para publicar, difundir o dar a conocer, por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales, será el 1 de junio.
La jornada electoral se llevará a cabo el 5 de junio, de las 8:00 de la mañana a las 18:00 horas. Ese mismo día se darán a conocer los resultados electorales preliminares.
Así mismo, el cómputo, declaración de validez y entrega de constancias de mayoría, se llevará a cabo del 8 al 14 de junio.
La asignación de diputados y regidores, por el principio de representación proporcional y expedición de las constancias correspondientes, se llevará a cabo una vez que causen estado las elecciones de diputados y munícipes, o sea una vez que venza el plazo para la presentación de impugnaciones.
Todo esto, indica que el proceso electoral se desarrolla mediante fechas y plazos precisos. Que tiene una formalidad que debe cumplirse o acatarse. Que no es cosa de simples pasiones o pareceres.
Los candidatos de partidos, al igual que los candidatos independientes, deberán ajustar sus actos, a las fechas y tiempos de este calendario electoral. Para que luego no salgan con que los sorprendieron o los robaron. Suele ocurrir con los novatos.