Tijuana BC 27 de mayo de 2016 (GT).-Un nuevo esquema para la certificación de IVA e IEPS de las empresas, fue publicado el pasado 9 de mayo, el cual establece, entre varias modificaciones, una serie de nuevas obligaciones que deben estar en constante cumplimiento para evitar requerimientos del Servicios de Administración Tributaria (SAT) que puedan poner en riesgo la certificación.
Lo anterior informó la Gerente de Auditoría y Certificaciones de TLC Asociados, Yadira Donghu García, quien explicó que este esquema es derivado de las reformas a las Reglas Generales de Comercio Exterior para el 2016.
Precisó que algunas de las reformas más relevantes que contemplan dicho
Esquema, van desde modificaciones a requisitos, pasando por los beneficios, hasta los procesos de renovación de la certificación.
Detalló que en cuanto los requisitos generales que ahora deberán cumplir las empresas que deseen acceder a la modalidad de la certificación de IVA e IEPS, independiente del rubro (“A”, “AA” y “AAA”), es haber autorizado al SAT hacer pública la opinión positiva de la empresa.
No encontrarse suspendida en los padrones de importadores o exportadores, además de que el SAT no haya interpuesto denuncia penal en contra de socios, accionistas, o representantes legales, así como llevar contabilidad electrónica e ingresarla mensualmente, indicó.
Donghu García abundó que también se estableció un nuevo formato de solicitud denominado “Registro en el Esquema de Certificaciones de Empresas”.
Explicó que esta modalidad es para aquellas empresas, que por alguna razón vuelvan a solicitar el registro, pues en caso de haber contado antes con la Certificación IVA e IEPS, es necesario acreditar que se presentó el inventario inicial y los informes de descargo.
En el caso de empresas que utilicen fracciones sensibles, se eliminó la obligación de contar con un capital social, o maquinaria de al menos cuatro millones de pesos”, especificó.
Sobre las nuevas obligaciones para las empresas con certificación de IVA e IEPS, independientemente del rubro, son estar permanentemente al corriente de obligaciones fiscales y aduaneras, así como acreditar que siguen contando con el legal uso y goce del inmueble donde efectúan su proceso, así como cumplir con el Anexo 31. Únicamente las empresas “AA” y AAA” deben reportar trimestralmente la totalidad de sus proveedores nacionales.
En cuanto a los cambios sobre los beneficios para las empresas IMMEX se establecieron 36 meses de permanencia en mercancías del 108 fracción I de la Ley Aduanera para los rubros “A”, “AA”, y AAA”.
Donghu García dijo que para las empresas del programa IMMEX del sector eléctrico o electrónico, de autopartes y aeronaves, así como Depósito Fiscal para la industria automotriz, podrán realizar despacho conjunto para la importación, introducción a depósito fiscal o a Recinto Fiscalizado Estratégico en operaciones de tráfico aéreo, siempre que cumplan con los requisitos correspondientes.
Advirtió que dentro del nuevo Esquema de Certificación del IVA también se adicionaron nuevas causales de requerimientos para las empresas tales como: el no cumplir con retener y enterar el ISR de los trabajadores; que los socios, accionistas, representante legal, integrantes de la administración, no estén al corriente de sus obligaciones.
Otras modificaciones fueron el no cumplir con la cantidad de trabajadores requeridos; dejar de acreditar el uso o goce del inmueble donde llevan su proceso, y que no se localice en su domicilio fiscal, entre otros.
Agregó que también se hicieron cambios al proceso de la renovación de la certificación, pues el plazo para renovarla es dentro de los 30 días previos al vencimiento, cuando antes era 60 días, además se unificó el formato para todas las empresas Certificadas en las diferentes modalidades en un “Aviso Único de Renovación en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas”.