Mexicali 22 de febrero de 2018 (GT).- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDHBC) emitió un exhorto dirigido al Secretario General del Gobierno del Estado, Francisco Rueda Gómez, para que convoque a sesión al Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, así como al Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres, mismos que preside.
Lo anterior, ante el registro de feminicidios en Baja California. Al mismo tiempo, es pertinente recordar que, desde su creación en junio de 2015, la CEDHBC se ha pronunciado por la obligatoriedad de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) de investigar como feminicidio cualquier muerte violenta de mujeres en Baja California.
Como antecedente, es pertinente considerar lo establecido en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer “Convención do Belém do Pará”, documento en el que se define la violencia contra la mujer como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.
Dentro de los compromisos a los cuales se obliga el Estado Mexicano dentro de la referida Convención resaltan los numerales 4, 7, 8 y 9 mismos que de manera sintetizada refieren que los Estados Parte condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen adoptar política para prevenir, investigar, sancionar y erradicar dicha violencia y medidas específicas con el fin de fomentar el conocimiento y la observancia del derecho de la mujer a que se respeten y protejan los derechos humanos entre otros, el derechos a la igualdad de protección ante la ley; el derechos a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en los asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones, el derechos a ser libre de toda forma de discriminación y el derecho de la mujer a una vida libre de violencia.
Por su parte la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 35 se refiere a la coordinación para la integración del Sistema para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres el cual tiene por objeto conjuntar esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Aunado a lo anterior, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California establece que el Sistema Estatal es un mecanismo permanente a través del cual el Gobierno del Estado y los Gobiernos Municipales coordinarán esfuerzos para instrumentar políticas, acciones y servicios para la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, siendo una de sus atribuciones validar el Programa Estatal.
Por otro lado, la Ley para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de Baja California refiere en el numeral 6 que “la igualdad entre mujeres y hombres implica la efectiva accesibilidad de ambos para ejercer los derechos y la eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los ámbitos de la vida que se genere por pertenecer a cualquier sexo”.
Para la Defensoría, la instalación del Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y del Sistema Estatal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres, constituye una contribución positiva para la construcción de una cultura respetuosa de la dignidad y los derechos de las niñas y mujeres.
Bajo este escenario, es primordial que el Estado de Baja California, al tener una responsabilidad constitucional de ser garante y prevenir violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas bajacalifornianas, refuerce su compromiso y labor bajo los lineamientos que los instrumentos internacionales, nacionales y locales señalan.
De igual manera, la CEDHBC ha asumido la promoción, protección y supervisión de los derechos humanos en nuestro Estado como una tarea que implica corresponsabilidad social y con el ánimo de fortalecer a las instituciones encargadas de proteger y garantizar los derechos de las personas en el Estado de Baja California, particularmente aquellas que pertenecen a grupos de atención prioritaria.