Por : Gilberto LAVENANT
Tijuana BC 8 de septiembre de 2015 (GT).- Las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto a tres Acciones de Inconstitucionalidad promovidas en contra de reformas de la legislatura de Baja California, han generado un desconcierto general.
Principalmente, en cuando a la redistritación en base a la cual se llevarán a cabo los comicios del 2016.
Resulta evidente que los ministros de la Suprema Corte, incurrieron en una grave confusión, y al emitir sus criterios, al menos de palabra, dejan sin efecto la resdistritación electoral que hizo el INE, apenas el pasado 18 de junio.
Las acciones de inconstitucionalidad, promovidos por tres partidos políticos, estaban dirigidas a dejar sin efecto la reforma electoral de los diputados locales, en especial la que hablaba de que los municipios tuviesen al menos un distrito electoral. Que sería el caso de Tecate y Playas de Rosarito.
Era tan sencillo declarar la nulidad de dicha disposición, pues la redistritación o determinación geográfica de los distritos electorales, es facultad exclusiva del Instituto Nacional Electoral, pero se ponen a decir que los comicios del 2016 deberán celebrarse conforme a la distritación vigente hasta antes de junio del 2015.
Y ocurre, que el 18 de junio de este año, el INE estableció una nueva distritación electoral, que el gobernador y los diputados locales trataron de impedir, aprobando reformas electorales la madrugada del 1 de junio, que son precisamente las que se combatieron con las acciones de inconstitucionalidad.
Tatando de no dejar dudas al respecto, los Ministros, al definir su postura, señalaron inistentemente, que las elecciones locales del 2016, se realizarán conforme a la distritación vigente hasta antes del pasado mes de junio.
Seguramente no se percataron que con tales expresiones, dejaban sin efecto no solamente la disposición de los legisladores bajacalifornianos, que pretendían establecer un distrito propio para Playas de Rosarito y otro para Tecate, que al final de cuentas obligaría a ajustar los demás distritos, sino que de paso “se llevaron enre las patas” la redistritación del INE, que también fue establecida en el mes de junio.
Las resoluciones fueron emitidas durante las sesiones orinarias del pleno de la Corte, correspondiendtes a los días 1 y 3 de septiembre, pero los abogados de los diversos partidos políticos, ayer andaban como locos, tratando de conocer el texto de las mismas.
Al menos en el portal de la SCJN, hasta ayer, no aparecía el texto. Lo únco que pudieron hacer, fue observar la videograbación de dichas sesiones.
Lo preocupante es que en los videos, se captan los posicionamientos de cada Ministro, en cuanto a aspectos específicos de las resoluciones, pero no queda claro si es que se afecta el contenido total de los acuerdos tomados por los legisladores, como lo sería la desaparición de la figura del Síndico Social.
Incluso, se puede advertir que la redistritación del INE, no estaba siendo combatida, pero, como diría “el chavo del ocho”, sin querer queriendo la dejan sin efecto, al indicar que los comicios del 2016, deberán ajustarse a la distritación vigente hasta antes de junio de este año.
Por ello, cabe recalcar que la reforma de los legisladores locales, que petendían garantizar un distrito especial para Playas de Rosarito y otro para Tecate, fue aprobada el 1 de junio, en tanto que la redistritación del INE, fue aprobada 17 días después.
Evidentemente, los Ministros de la Corte no consultaron al Instituto Nacional Electoral sobre este tema. Han de haber dicho que ni caso tenía. De haberlo hecho, se habrían enterado de la redistritación del INE, aprobada el 18 de junio.
Los diversos partidos políticos, al percatarse de la confusión y sus consecuencias, debieron solicitar que se hicieran las aclaraciones y precisiones pertinentes.
Porque lo único claro, es que los dirigentes de los partidos políticos, están desoncertados. No saben si efectivamente, regirá la distritación vigente en los comicios locales del 2012. No es un problema de simple interpretación.
Lo interesante es que los partidos políticos que hicieron valer las acciones de insconstitucionalidad, fracasaron en sus reclamos de nulidad de toda la reforma electoral, por vicios en el procedimiento de aprobación de las mismas, debido a que sus representantes locales, las aprobaron, sin objeción alguna.
Dicho en otras alabras, las promovieron sus dirigentes nacionales, pero estos no asesoraron a sus dirigentes locales, ni mucho menos a sus diputados en el Congreso del Estado, que simplemente levantaron la manita, en señal de aprobación.
Eo demustra, claramente, dos cosas:
Que las dirigencias nacionales, están desconectados de sus representantes en la entidad. En especial, de sus diputados.
Lo otro, que los diputados locales, en temas como dicha reforma electoral, no consultan a los dirigentes nacionales de sus respectivos partidos y que ellos, “legislan” sin ton ni son. Como dicen comúnmente “sobre las rodillas”. Sobre todo, que no saben nada sobre constitucionalidad, ni competencias.