Denuncian omisión de actas al realizar auditorias

Tijuana BC 27 de septiembre de 2015 (GT).- Los auditores adscritos a las autoridades fiscales son omisos de levantar las actas respetivas al momento de revisar la contabilidad de los contribuyentes, a través de las Visitas Domiciliarias, situación que vulnera el Código Fiscal de la Federación, afirmó el abogado fiscalista Jorge Alberto Pickett.

Afirmó que en la mayoría de las ocasiones los auditores del Servicio de Administración Tributaria y de Auditoría del Estado, llegan a los domicilios de los contribuyentes, violentan los mismos, revisan la contabilidad y son omisos de levantar actas parciales, lo anterior por una supuesta practicidad de la auditoría.

A criterio de los auditores, es mucho más práctico levantar una sola acta, cuando en realidad han ido dos o tres veces al domicilio fiscal del contribuyente, hecho que resulta violatorio de Código Fiscal de la Federación y conllevaría a la eliminación total del adeudo que se tenga con la autoridad fiscal.

“Hoy por hoy los diversos medios de defensa aceptan todo tipo de pruebas, en este caso en específico se podrían presentar testimoniales, fe de hechos por corredor o notario público y/o videos, probanzas que podrían acreditar el hecho de que fue violentado el domicilio del pagador de impuestos”, expresó.

Por consiguiente el juzgador deberá de darle la razón al contribuyente, así sea una cuantía de mil millones de pesos y efectivamente hubiese una omisión en el pago de los mismos, precisó Pickett Corona.

Afirmó que las autoridades fiscales juegan a las probabilidades, pues en la mayoría de las auditorías no respetan el Estado de Derecho, sin embargo en proporción es muy pequeño el número de contribuyentes que acuden a los diversos medios de defensa, por lo que siguen omitiendo respetar lo establecido en Código Fiscal de la Federación.

En ese sentido, explicó que el Código establece que los auditores están obligados a levantar actas iniciales, parciales, últimas actas parciales y finales, sin embargo en la mayoría de las ocasiones son omisos de hacerlo, situación por la cual es importante dejar que el auditor se equivoque.

Por último, el fiscalista recomendó tomar nota y conseguir el medio probatorio, para así obtener una nulidad lisa y llana del adeudo independientemente del monto millonario que se tenga.

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