Dan pena ajena

Por: Gilberto LAVENANT

Tijuana BC 30 de septiembre de 2015 (GT).- Con frecuencia se cuestiona, la experiencia o conocimientos de los legisladores, precisamente para el buen desempeño de sus labores legislativas. Se dice que no requieren ser expertos en materia de derecho, pues son representantes populares y reflejan el sentir de los diversos sectores de la sociedad.

Sin embargo, ocurre que plantean o proponen, e incluso aprueban, reformas de ley, muchas de las veces ajenas a la realidad. Llegando al límite de lo absurdo. Que, la verdad, dan pena ajena.

Veamos un ejemplo. Esto ocurrió hace unos días. La Comisión de Justicia, de la Legislatura Estatal, que preside el Diputado Juan Manuel Molina García, aprobó reformar los artículos 59 y 60 del Código de Procedimientos Civiles, vigente en la entidad, para establecer el derecho de las partes, en un procedimiento judicial, para videograbar el desahogo de pruebas.

Evidentemente, influenciados, por alguna visita realizada a los tribunales del nuevo sistema de justicia penal, que además de que cuentan con amplias salas, tienen sistemas de videograbación de sus audiencias. Igualito que en las películas norteamericanas.

Pero es obvio, que nunca han visitado, los tribunales del sistema tradicional de justicia, que operan en el resto del Estado. Si lo hubieran hecho, sabrían, que un juzgado, en el que manejan asuntos de materia civil, mercantil y otros, está dividido en Secretarías de Acuerdos, las cuales operan en reducidos espacios, en los que apenas se puede respirar, y sería difícil, que las partes interesadas, pudiesen videograbar el desarrollo de una audiencia.

Ahí, apenas caben un par de escritorios y dos sillas adicionales. En cuanto a personas, la Secretaria de Acuerdos y una mecanógrafa, que asienta en un programa informático, las declaraciones de las partes o de sus testigos.

Cuando mucho, caben las partes, actor y demandado, si acuden por su propio derecho o en representación de alguna empresa, y sus respectivos abogados. Mientras se desarrolla una prueba, los asistentes de dicha parte, deben abandonar ese reducido espacio y permanecer afuera, hasta que les toca su turno. Todos, deben permanecer casi inmóviles, pues es materialmente imposible, además de impráctico, el que pretendan permanecer en el interior de la Secretaría de Acuerdos, todos al mismo tiempo, durante el desarrollo de la audiencia.

Imaginen el conflicto, que sin duda alguna se generará, cuando una de las partes, apoyada en la reforma en cita, pretenda vieograbar la audiencia y se le advierta que eso es materialmente imposible, aunque la ley lo permita.

Agreguen a la escena, que sobre ambos escritorios, hay montones de expedientes, para revisión y firma. El Secretario de Acuerdos y su mecanógrafa o asistente, están “con un ojo al gato y otro al garabato”. Y termina una audiencia, y casi de inmediato entran a la Secretaría de Acuerdo, los citados para la siguiente.

Y así se la llevan, audiencia, tras audiencia. Como para volverse locos. Y a los señores legisladores, se les hace fácil reformar el Código de Procedimientos Civiles, para agregarle la posibilidad de videograbar las audiencias.

Pero no solo eso, establecen que los dispositivos, conteniendo las videograbaciones, se entreguen a la Secretaría de Acuerdos, para que se agreguen de inmediato al expediente, a fin de que no sean alterados o distorsionados y, supuestamente, para que, cuando llegue el momento de dictar la sentencia correspondiente, el Juez tenga oportunidad de observar lo videograbado y tenga una idea clara y precisa, sobre el asunto a resolver.

Si supieran los señores legisladores, que el Juez, titular de cada juzgado, como responsable del tribunal, tiene la obligación y necesidad, de revisar todos y cada uno de los expedientes. Verificar las actuaciones, para detectar y corregir posibles irregularidades. Apenas si le alcanza el tiempo, para estampar su firma en cada actuación. Y todavía suponen que puedan observar las vidograbaciones. La verdad, sería una locura.

Estas propuestas de reformas legales, aberrantes, generalmente son producto de la imaginación y ocurrencia de los legisladores. Algunos de ellos, estudiaron la Licenciatura en Derecho, pero ni de visita, han acudido algún día a los tribunales, que manejan miles y miles de asuntos legales, casi con las uñas. En condiciones infrahumanas, podría decirse.

Precisamente, por su desconocimiento sobre la materia, los señores legisladores, no saben que estos tribunales operan en base a meros simulacros. La ley exige que cada audiencia se lleve a cabo, ante la presencia del titular del Juzgado. Habiendo varias Secretarías de Acuerdos, en las que se celebran audiencias al mismo tiempo, es materialmente imposible que el titular del tribunal esté presente en cada una de ellas.

Por lo tanto, en las actas, relativas a cada audiencia, se hace constar que está presente el Juez, sin ser esto cierto, y al final, sin que el juzgador haya estado presente en la audiencia, le llevan las actuaciones para que las suscriba, como si efectivamente las hubiese sancionado. La simulación, de un acto jurídico, produce la nulidad del mismo. Puede afirmarse, que todas las audiencias, desarrolladas en estas condiciones, están afectadas de nulidad.

Esto, la falta de presencia del juez, en cada audiencia, es algo que debiera interesar a los legisladores. Pero nada hacen al respecto, porque desconocen esto. Lo mínimo que debieran hacer, es comentar sus posibles propuestas, antes de someterlas a votación, con los funcionarios responsables de su aplicación. Se evitarían muchos problemas.

Y en manos de esos legisladores, está la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal. Por eso la justicia anda de cabeza. Dan pena ajena.

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