Tijuana BC 9 de octubre de 2017 (GT).- En anteriores artículos hemos escrito acerca de la importancia que tiene constituir una persona moral, como puede ser una Sociedad Anónima y de las formas en que esta se puede regir, en el presente artículo hablaremos a grandes rasgos por lo complejo del tema, de la importancia que tiene la administración de la sociedad.
Las sociedades se rigen por la Ley General de Sociedades Mercantiles, en relación a su administración la podemos observar en su sección tercera, en la cual nos indica que la Sociedad Anónima estará a cargo de uno o varios mandatarios temporales y revocables, quienes pueden ser socios o personas extrañas a la misma sociedad.
Es importante señalar que el cargo de administrador de la sociedad es de carácter personal en tal sentido no se puede compartir, no obstante el administrador de acuerdo a sus facultades puede otorgar poderes en nombre de la sociedad.
El desempeño del administrador tiene una retribución la cual puede estar contemplada en los estatutos y en caso de no ser así esta se acordara por la asamblea general de accionistas.
Cuando se tengan dos o más administradores, constituirán un consejo de administración.
El consejo de administración es un órgano colegiado y funciona legalmente con la mitad de sus miembros y las resoluciones que este tomen tendrán validez cuando estas sean tomadas por mayoría de votos. Si existiere empate el presidente del consejo de administración tendrá el voto de calidad.
Según se contemple los estatutos o bien la asamblea general de accionistas podrán establecer la obligación para los gerentes y administradores prestar garantía para asegurar sus responsabilidades.
La Ley nos indica que los administradores son solidariamente responsables para con la sociedad:
a)- De la realidad de las aportaciones hechas por los socios.
b).- Del cumplimiento de los requisitos legales y estatutarios establecidos con respecto a los dividendos que se paguen a los accionistas.
c).- De la existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control, registro, archivo o información que previene la Ley.
d).- Del exacto cumplimiento de los acuerdos de la asamblea de accionistas.
Quedará libre de culpa el administrador que haya manifestado su inconformidad de la deliberación y resolución del acto que se trate.
Si tiene alguna duda o comentario por favor hágamelo saber al teléfono 200-2137 o bien a www.lievanomanzano.com, lictirso@lievanomanzano.com, que con gusto lo atenderé.