Poco benéfico para contribuyentes el programa del SAT Denominado “Repatriación de Capitales”

Tijuana BC 2 de mayo de 2016 (GT).- Con motivo de la presentación del paquete económico para 2016, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) incluyó un esquema de regularización denominado “repatriación de capitales”, programa con el cual los contribuyentes que cuenten con inversiones en el extranjero y estás no hayan sido declaradas o acumuladas a sus ingresos en territorio nacional, podrán retornar al país los capitales relativos

Lo anterior lo señaló el abogado fiscalista y socio del despacho Madrazo Villarreal Abogados de Negocios, Lic. Isaac Brown Yamamoto, al indicar que a más tardar el día 30 de junio del 2016 se deberán retornar los capitales, debiendo pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente, según del régimen en que tribute el pagador de impuestos.

El también miembro del Colegio de Corredores Públicos de Baja California dio a conocer que con dicho programa en la actualidad no se prevé un descuento por no haber pagado el ISR correspondiente, a diferencia de lo establecido en programas de regularización pasados.

Isaac Brown consideró recomendable evaluar la posibilidad de que los contribuyentes que cuenten con inversiones en el extranjero puedan documentar sus operaciones según exista dicha posibilidad, ya que al finalizar el plazo para repatriar dichos capitales, el SAT podrá echar mano de la información que intercambie con países con los cuales tenga celebrado un acuerdo sobre las cuentas en el extranjero.

Un ejemplo de ello, continuó, es la denominada “Ley” sobre el Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA por sus siglas en inglés), y por tanto determinar créditos fiscales o inclusive delitos hacia los particulares, tal y como los funcionarios del SAT lo han manifestado en comunicados de prensa, derivado de los recientes y primeros intercambios de información entre las autoridades fiscalizadoras de nuestro, y el vecino país, el SAT y el Servicio de Impuestos Internos de EUA (IRS).

“Dicho programa de repatriación de capitales se califica de poco conveniente en la actualidad para aquellos contribuyentes que decidan retornar sus capitales al país, dada la constante fluctuación negativa del peso frente al dólar, siendo que también será necesario pagar el ISR por la parte de la ganancia cambiaria”, expresó el abogado fiscalista.

Para concluir, el socio del despacho Madrazo Villarreal Abogados de Negocios, exhortó a los contribuyentes acudir con especialistas en la materia, a fin de proteger sus inversiones mediante una estrategia debidamente sustentada en las leyes fiscales e inclusive garantizadas ante fe pública.

“Para efecto de contar con mayor certeza jurídica; ya que en la región fronteriza es común denominador que los contribuyentes realicen operaciones bancarias en el extranjero, dado el dinamismo comercial de la región” agregó.

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